El contrato de empleada de hogar en 2026 incorpora nuevas obligaciones de información para las familias empleadoras A partir del 5 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que refuerza la obligación de informar de forma clara y por escrito sobre las condiciones esenciales de las relaciones laborales.
Esta nueva regulación, que incorpora al ordenamiento español la Directiva (UE) 2019/1152 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, también afecta a las familias que tienen contratada una empleada de hogar.
Pero ¿qué supone realmente para un empleador del hogar?
El objetivo de la nueva regulación es que la persona trabajadora conozca de forma clara las condiciones esenciales de su relación laboral.
¿Qué debe incluir el contrato de empleada de hogar en 2026?
Más claridad sobre las condiciones de trabajo
Por ello, cuando esa información no figure ya en el contrato de trabajo formalizado por escrito, el empleador deberá facilitarla por escrito.
Entre otras cuestiones, debe quedar correctamente determinada la información relativa a:
- La identidad de las partes.
- La fecha de inicio de la relación laboral.
- El lugar de trabajo.
- Las funciones o tareas que va a realizar la persona trabajadora.
- El salario y, en su caso, sus diferentes componentes o complementos, así como la periodicidad y forma de pago.
- La jornada de trabajo y su distribución.
- Las condiciones relativas a las horas extraordinarias cuando proceda.
- La duración y condiciones de las vacaciones.
- La duración y condiciones del periodo de prueba, cuando exista.
- La información relativa a la extinción de la relación laboral y los plazos de preaviso que correspondan.
El objetivo es evitar que aspectos importantes de la relación laboral queden únicamente en acuerdos verbales.
¿Hay que hacer un contrato nuevo?
Esta es probablemente una de las dudas más importantes.
La entrada en vigor del Real Decreto 723/2026 no significa que todas las familias tengan que sustituir automáticamente el contrato de trabajo que ya tienen firmado por uno nuevo.
Si las condiciones que exige la normativa ya constan correctamente por escrito en el contrato, no es necesario volver a reproducir esa misma información en otro documento.
Lo importante es comprobar que la persona trabajadora dispone de toda la información que legalmente debe recibir.
Particularidades del empleo del hogar
En el empleo del hogar existen además determinadas condiciones que conviene dejar especialmente claras cuando formen parte de la relación laboral.
Por ejemplo:
- Los tiempos de presencia y, en su caso, su compensación.
- Las prestaciones salariales en especie, si existen.
- Las condiciones de las pernoctas en el domicilio familiar, cuando se hayan pactado.
Son cuestiones especialmente relevantes en determinadas relaciones laborales, como puede ocurrir con las empleadas de hogar internas.
¿Y qué ocurre con los contratos que ya estaban vigentes?
La nueva normativa no supone que todos los contratos anteriores al 5 de octubre de 2026 queden sin efecto.
Sin embargo, es un buen momento para revisar las relaciones laborales que ya están en vigor y comprobar que las condiciones esenciales están correctamente documentadas.
Por ejemplo, conviene revisar si constan correctamente por escrito:
- Las tareas que realiza la empleada.
- Su jornada y horario.
- El salario y las pagas extraordinarias.
- Las vacaciones.
- El periodo de prueba, si corresponde.
- Los tiempos de presencia o pernoctas, cuando existan.
- Cualquier modificación posterior de jornada, horario o salario que se haya acordado.
En muchas relaciones laborales de hogar el contrato se firmó inicialmente, pero con el paso del tiempo se han ido modificando horarios, jornadas o salarios sin dejar constancia escrita de esos cambios.
La nueva regulación refuerza precisamente la importancia de que las condiciones laborales sean transparentes, previsibles y estén correctamente documentadas.
¿Contrato y documento informativo son lo mismo?
No necesariamente.
La obligación de información puede cumplirse mediante el propio contrato de trabajo cuando este ya contiene todos los datos exigidos.
Cuando determinada información no figure en él, deberá facilitarse por escrito a la persona trabajadora.
Por tanto, no se trata de acumular documentos innecesariamente, sino de asegurarse de que las condiciones esenciales de la relación laboral constan de forma clara y pueden acreditarse.
En resumen
A partir del 5 de octubre de 2026, las familias empleadoras deben prestar todavía más atención a que las condiciones de trabajo de su empleada de hogar estén claras y correctamente documentadas.
No se trata simplemente de “tener un contrato”, sino de que ese contrato y, cuando sea necesario, la información complementaria reflejen la realidad de la relación laboral.
Una jornada que cambió, un nuevo horario, una modificación salarial o unas condiciones de presencia que solo se acordaron verbalmente pueden ser aspectos que convenga revisar.
¿Tienes contratada una empleada de hogar y no sabes si la documentación está correcta?
Si estás pensando en contratar, también puedes consultar nuestra guía sobre cuánto cuesta contratar a una empleada de hogar en 2026.
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